
En el año 1999 es decretada la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en su artículo 110 reconoce el interés de la ciencia y tecnología para el desarrollo del país, establece el compromiso del Estado para la creación del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y el compromiso del sector privado en aportar recursos para el sistema nacional de ciencia y tecnología.
En el siguiente enlace podrá encontrar el artículo en referencia :
https://venezuela.justia.com/federales/constitucion-de-la-republica-bolivariana-de-venezuela/titulo-iii/capitulo-vi/#articulo-110
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